NUEVO: REVISION 2013 MAPA RUIDOS CASTELLON

Está a exposición pública la revisión del plan acústico municipal de 2007. Consulta los documentos pinchando en este enlace.

viernes, 15 de abril de 2011

Almería. Ordenan el cierre de la discoteca Mandala.

SENTENCIA DEL JUEZ RIVERA

El establecimiento no gozaba de licencia y el Ayuntamiento se hizo el sordo ante los ruidos denunciados por los vecinos

Ideal - 14.04.11 - JOSE MARÍA GRANADOS | ALMERÍA

imageEl establecimiento conocido como Mandala, en la calle Arapiles de la capital, tendrá que cerrar sus puertas tras la sentencia del magistrado juez Jesús Rivera, titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Almería, quien ha fallado contra el Ayuntamiento de la capital el recurso a una resolución por la que se concedía licencia de apertura al establecimiento.

El juez llega a esta conclusión, tras examinar el acopio probatorio del proceso, que «el Ayuntamiento concedió licencia» sin cumplir «con el ineluctable trámite de calificación ambiental». Asimismo, asegura que «ha tolerado una actividad clandestina –concepto jurídico que no significa que la actividad sea ignota, sino, más rectamente, que no está amparada por la preceptiva licencia– en el tan repetido establecimiento denominado Mandala, la de discoteca. Y ello pese a tener pleno conocimiento público de su existencia». El juez también señala, en los fundamentos de derecho de la sentencia, que además de conocer las manifestaciones realizadas en prensa por el encargado de relaciones públicas del establecimiento sobre la existencia de esa discoteca, tenía conocimiento a través de la denuncia de los vecinos «pese a todo lo cual no desplegó actividad alguna enderezada a la inspección y control de la ilícita actividad».

El juez ha emitido una sentencia contenida en 70 folios y en gran parte de los cuales recoge jurisprudencia suficiente, dando cuenta de numerosas sentencias en casos similares ocurridos en otras provincias. El magistrado se muestra contundente y duro con el Ayuntamiento de Almería, del que dice que ha sido pasivo cuando no se ha acreditado, «mediante las pruebas sonométricas correspondientes», el grado de contaminación acústica del establecimiento.

Para el juez «el comportamiento omisivo del Ayuntamiento demandado, sí reviste, sin perjuicio de una ulterior y más depurada calificación jurídica, los caracteres del delito de prevaricación administrativa», y añade que «dicho ente local dejó de hacer uso de las facultades de inspección y control a que la normativa sectorial en materia de protección del medio ambiente le obliga en lo concerniente a los niveles de contaminación acústica del tan nombrado establecimiento».

2 comentarios:

Anónimo dijo...

no es el unico pub que molesta en la ciudad, y eso lo sabemos los que vivimos arriba de ellos, mi zona entre los conciertos del pub la cueva, klimt y pub mediterraneo, es de lujo, imposible dormir a partir del jueves.
Llamo a la policia local, y cuando se va, vuelven a poner la musica como les da la gana.

Anónimo dijo...

No crees que los responsables de Disciplina ambiental del Ayuntamiento tiene unas mangas muy anchas ........... permitir conciertos en Pub esta prohibido por ley ..........